Continuando con la serie de artículos cortos sobre contratos en cadena de abastecimiento, trataremos el tema de la coordinación y los regímenes de cumplimiento, conceptos fundamentales a la hora de construir y definir un contrato entre proveedor y cliente.
Coordinación.
En el tema de contratos la palabra coordinación tiene una connotación un poco diferente, que se remonta a la terminología académica de nuestra disciplina. «Coordinación» en este contexto se refiere la manera en que los ingresos posibles al realizar la venta de un producto son distribuidos entre los participantes de la Supply Chain. Un análisis profundo y estructurado de esta repartición de beneficios permite determinar qué tan eficientemente se está logrando capturar y distribuir estos recursos entre los miembros, y si alguno de los miembros está en desventaja frente a los demás.
Desafortunadamente, la situación que con mayor frecuencia se encuentra en la mayoría de las industrias es que los miembros de las cadenas de abastecimiento no prestan atención ni dedican esfuerzos a revisar este tema: las razones para ellas son muchas, dentro de las que comúnmente destacan dos: 1. es un análisis relativamente complicado y está fuera del conjunto de herramientas que un gerente usa cotidianamente, y 2. normalmente requiere la cooperación entre varios de los miembros de la Supply Chain para contar con toda la información necesaria. Esto hace que muchas empresas y sectores industriales presten poca atención o incluso dejen el tema de lado, con la grave consecuencia de que operan bajo esquemas intrínsecamente ineficientes y dañinos a largo plazo.
La coordinación en un contrato obedece típicamente a tres factores principales, aunque cabe aclarar que puede llegar a contener tantos componentes como se considere pertinente o necesario. Los tres componentes comunes con los que se puede manipular un contrato y alcanzar la coordinación del mismo, que en otras palabras es lograr la operación más eficiente del contrato, son las cantidades de pedido, precios y los esquemas de pago.
Por ejemplo, respecto a las cantidades de pedido se sabe que gracias a las economías de escala existe una cantidad específica de pedido para la cual el proveedor maximiza sus utilidades. También sabemos que mientras menores sean los precios, mayores ventas se pueden lograr, y que esas ventas pueden pagarse de muchas maneras diferentes y así fomentar las ventas. La combinación de estos factores desencadena diferentes tipos de acuerdos y contratos que son capaces, bajo las condiciones apropiadas, de alcanzar el mejor diseño de un acuerdo o contrato que beneficie al más alto nivel a todos los participantes en simultánea.
La descripción formal de estos acuerdos, al igual que su construcción matemática, se escapan del alcance de este artículo; dejamos en manos del lector profundizar en el tema y aplicarlo a su ejercicio profesional. Recomendamos buscar en Google Scholar la siguiente palabra clave:
Supply chain coordination with contracts.
Doble Marginalización: el culpable.
Este fenómeno se presenta en cadenas de abastecimiento donde las firmas que la conforman operan de manera independiente y su definición de márgenes de ganancias afectan las posibilidades de ganancias de todos. Si bien es natural que cada empresa quiera ganar dinero con su operación, la manera en que se definen estos márgenes depende de forma multilateral de los demás márgenes que existen en la cadena. Así, el problema de la doble marginalización se amplifica haciendo que un esquema operativo que es ineficiente per se, sea aún más ineficiente.
Regímenes de cumplimiento.
Todo acuerdo o contrato existe dentro de un régimen de cumplimiento, que presiona a las partes a seguir el acuerdo y a operar dentro de los parámetros establecidos. Si bien buena parte de esto es de corte legal, la dimensión operacional es la más importante. Uno de los grandes exponentes de la literatura y desarrollo de este tema (Gérard P. Cachon) los llama regímenes de cumplimiento forzoso o voluntario. Aunque sus nombres hacen evidente su funcionamiento, lo que ello implica no es tan obvio. En general, el hecho de que un acuerdo exista en un régimen de cumplimiento voluntario hace que exista mayor flexibilidad de operación y mayor rango de maniobra para alcanzar la coordinación de las operaciones. Por ejemplo, si un cliente ordena cierta cantidad de un producto que sobrepasa por poco la cantidad óptima de pedido del proveedor, él puede corregir la orden y despachar específicamente la cantidad óptima, maximizando sus ganancias sin afectar mayormente las operaciones del cliente. El debate sigue abierto en cuanto a la utilidad o impertinencia de contar con uno u otro régimen de cumplimiento, ya que cada uno tiene beneficios y desventajas para las empresas.
Adicionalmente, se ha demostrado formalmente que un contrato que alcanza la coordinación en bajo un régimen de cumplimiento voluntario forzosamente lo logrará también bajo el régimen obligatorio, aunque lo contrario no siempre es cierto.
Conocer y utilizar estos conceptos puede representar el éxito o el fracaso de un acuerdo importante para todas las empresas que conforman una Supply Chain. Esperamos que los profesionales de nuestro gremio hagan mayor énfasis en este tema y lo pongan en práctica tan pronto como sea posible.
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[…] falta de coordinación o eficiencia en la distribución de las ganancias; tema que fue ampliado en nuestro artículo previo acerca de coordinación y regímenes de cumplimiento. Se sugiere refrescar este concepto para comprender mejor las ventajas y desventajas de los tipos […]
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